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Hasta el 31 de Octubre de 2024 se encuentra vigente el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales - Decreto Nº 1243/3 (ME)-2021.
Consulte aquí los vencimientos del mes de octubre 2024.
IMPORTANTE
Se recuerda que mediante Ley Provincial N° 9.155 se estableció, en el territorio de la Provincia de Tucumán, la obligatoriedad para los comerciantes en general, de habilitar medios de pago electrónicos en operaciones con consumidores finales (transferencias, QR o tarjeta de débito).-
El incumplimiento de esta obligación resulta pasible de la sanción de clausura prevista en el artículo 78 del Código Tributario Provincial.-
EL VENDEDOR NO PUEDE EFECTUAR DIFERENCIAS DE PRECIO ENTRE OPERACIONES AL CONTADO O CANCELADAS MEDIANTE MEDIOS ELECTRÓNICOS DE PAGO CONFORME LO DISPONE LA LEY NACIONAL N° 25.065.-
Se exime a los contribuyentes comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, de la obligación de utilizar el programa aplicativo Si.A.Pre. para las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sus anticipos correspondiente a la jurisdicción de Tucumán, cuyos vencimientos originales operen a partir del 1° de julio de 2024, inclusive.
A partir del 1/6/2024, toda presentación de las declaraciones juradas de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos -contribuyentes locales- y para la Salud Pública y sus respectivos anticipos, correspondiente a los períodos fiscales 2017 y siguientes, se deben realizar utilizando el sistema informático SiAPre WEB.
A partir del 18 de mayo de 2024 toda presentación deberá realizarse a través del aplicativo Declaración Jurada - Agentes de Percepción - Impuesto de Sellos y Tasas Retributivas de Servicios - RG (DGR) Nº 73/11 - Versión 3.0 Release 6. Ver .
SIFERE WEB - JURISDICCIÓN TUCUMÁN
Determinación del Anticipo. De contar con saldo favorable del período anterior (2023), en la DDJJ del anticipo Enero/2024 se deberá completar el concepto identificado con "SAF2" y actualizar.
A partir del 10 de Noviembre los contribuyentes y responsables podrán adherir al mismo en cualquier entidad bancaria para el pago de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y Rodados y/o CISI Comunas Rurales. Ver
Para su adhesión, los contribuyentes y responsables deberán acceder al link "Servicios con Clave Fiscal". Ver
BOLETAS CISI-COMUNAS RURALES
Disponibles para su emisión y pago en el botón “Inmobiliario CISI-Comunas Rurales” de la sección Emisión de Formularios de Pago.
Macro Click
Se encuentra habilitado el botón de pago “Macro Click de Pago” que permite pagar los tributos provinciales con tarjeta de débito de cualquier banco o bajo la modalidad DEBIN (débito en cuenta de cualquier banco).
Acceda a los contactos de esta Autoridad de Aplicación haciendo click aquí.
Pago sin boleta
RED RAPIPAGO
Se encuentra habilitado el pago de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados sin necesidad de contar con la boleta respectiva, indicando sólo el número de padrón o dominio y la cuota o pago respectivo.
Pago sin boleta
RED PAGO FACIL
Se encuentra habilitado el pago de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados sin necesidad de contar con la boleta respectiva, indicando sólo el número de padrón o dominio y la cuota o pago respectivo.
PAGO FACIL
Se encuentra habilitado el Sistema API de Pago Fácil para efectuar pagos mediante tarjetas de Débito.
PAGO FACIL
Mediante el Sistema API de Pago Fácil podrá efectuar la cancelación de sus obligaciones tributarias provinciales vencidas o a vencer.

Emisión de Formularios de Pago

Consulta tu informe de deuda patrimonial siguiendo nuestra guía de ayuda.
Dirección General de Rentas

Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán
24 de Septiembre 960/970 - T4000CNT - San Miguel de Tucumán - Tucumán - Argentina
Tel.: +54 381 4503700 (50 líneas rotativas) - Horario de Atención de 8:15 hs. a 13:15 hs.