A partir del 6° de febrero de 2023, se extiende su aplicación a todos los instrumentos gravados y exentos del gravamen, con las excepciones previstas en la RG (DGR) N° 111/20. Ver
Se encontrará disponible a partir del 1° de Febrero de 2023 para la presentación de las declaraciones juradas correspondientes a los anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyos vencimientos operen a partir de dicha fecha. Ver